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martes, 2 de febrero de 2010

La DGT Vs Las luces del vehículo

La DGT advierte de que no se puede circular con un faro fundido y sin recambios aunque ya no esté multado.

La DGT advirtió que, aunque desde el pasado domingo 24/01/2010 llevar luces de recambio ya no sea obligatorio, no quiere decir que se pueda conducir con uno o varios faros fundidos. De este modo, los conductores que sean sorprendidos por los agentes de Tráfico en estas circunstancias y sin luces de repuesto tendrán que avisar a asistencia en carretera para que les cambie el faro o les lleve a un taller.

El pasado sábado se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden que establece que se eliminan las multas de 150 euros por circular sin luces de recambio. No obstante, fuentes de la DGT explicaron que el caso es similar a cuando dejó de ser motivo de multa el conducir un vehículo sin llevar gafas de repuesto. "Que no sea obligatorio llevar gafas de repuesto no significa que se pueda conducir sin gafas cuando se nos rompe un cristal", indicaron las mismas fuentes.

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